Esperan informe que determinará suspensión de tres asambleístas imputados

Con respecto a la realización de una valoración jurídica sobre la pertinencia de la suspensión o no, de los asambleistas Sergio Reyes (CC) Neyda Antelo (MAS) y del asambleísta suplente Ramiro Burgos (MAS),  quienes serán valorados por  una comisión que realizará un análisis jurídico y presentar el informe correspondiente dentro de los días correspondientes según reglamento.

INFORME

María Lourdes Vaca informó que en este momento  analizan en la comisión  y  valoran una propuesta como base, considerando que,  la comisión está compuesta por diferentes fuerzas políticas, motivo por el cual deben realizar una evaluación minuciosa  para sacar un informe concertado. Este informe  determinará y recomendará  al pleno, si procede o no  la suspensión de estos asambleistas,  entendiendo que  existe la Constitución Política del Estado  la que determina cuales las condiciones para suspender a un asambleísta,  pero también está la ley marco, entonces ,»Esta valoración harán dentro de la comisión  y posteriormente  a ello, revertiremos al pleno para que sea  en última instancia quien determine  si procede o no la suspensión»

 Vaca agregó que si se interpreta  la Constitución Política del Estado y  sentencias constitucionales que existen,  el rechazo que hay por parte del proceso iniciado a asambleistas  por la no suspensión de Alan Echart,  obviamente que podría no suspenderse, dijo.

LEY MARCO DE AUTONOMÍAS

Asimismo manifestó que también hay que  entender que la Ley Marco de Autonomías, es una ley  facultativa en la que  cada asambleísta podrá tomar una  decisión autónoma si procede o no,  en base al sustento jurídico que entregue,  no es una ley interactiva , y esta ley estable con absoluta claridad  que se  podrá o no suspender  a un asambleísta.»Si valoramos lo que dice la constitución  establece con absoluta claridad  que se suspende a una autoridad cuando pese sobre ella sentencia ejecutoriada, este no es el caso,  y la presunción de inocencia es también un tema elemental  que está  en la propia constitución»

 Al mismo tiempo aclaró que a la Asamblea  no le corresponde emitir criterios sobre  el fondo del proceso,  sino que  procede a la suspensión, y  hasta  que en este caso el poder judicial  determine si hay culpabilidad o inocencia «Nosotros no vamos a evaluar de que son acusados, sino,  si procede a  la sola acusación  de un fiscal se  procede la suspensión», alegando que   ese es el tema que solamente tiene como competencia  la Asamblea Departamental», no es ninguna instancia que  pueda invadir competencia  de otro poder como el judicial»



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