En la nueva Constitución Política del Estado, CAPÍTULO QUINTO, RECURSOS HÍDRICOS, se otorga a los recursos hídricos el carácter de estratégicos que cumplen una función social, cultural y ambiental. En el marco de esta caracterización, se declara que el agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida y el acceso a este elemento deberá efectuarse sobre la base de los principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.
El cumplimiento de este mandato Constitucional requiere del diseño y ejecución de políticas públicas que para el valle central de Tarija, consideren al menos los siguientes aspectos: 1) una amplia concertación social entre actores urbanos y rurales que utilizan el agua para sus actividades laborales y de subsistencia, 2) el diseño y ejecución de un programa de inversiones que garantice obras de captación, tratamiento y distribución que aseguren la provisión oportuna de este líquido elemento para los próximos 20 años, 3) Un programa de abastecimiento de agua que integre a la ciudad capital con las poblaciones intermedias del Valle Central como: San Lorenzo, Tomatas, El Rancho, Tolomosa, San Andrés , Concepción, La Chosa, etc, 4) El diseño y ejecución de programas de alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas servidas que constituyan el eje del saneamiento de los recursos hídricos del valle central.
Como se podrá apreciar, estos desafíos rebasan ampliamente las posibilidades y competencias de la actual cooperativa de agua potable y alcantarillado y, cuya realización, requiere de la constitución de una EMPRESA PÚBLICA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO DEL VALLE CENTRAL DE TARIJA, constituida por la Gobernación del Departamento (Sub Gobernaciones de Cercado, Méndez y Avilés) y los Gobiernos Municipales de estos distritos que en sujeción a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización , Artículo 83 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, puedan diseñar y complementar inversiones entre el Gobierno Central, Gobierno Departamental Autónomo y Gobiernos Municipales Autónomos.
Constituida la empresa pública anotada, la operación del sistema de agua potable y alcantarillado en los diferentes centros urbanos podría estar a cargo de operadores, (públicos ó privados) como es el caso de COSSALT para la ciudad de Tarija, pero dentro del marco de las políticas públicas y parámetros de calidad diseñados e implementados por la EMPRESA PÚBLICA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO DEL VALLE CENTRAL DE TARIJA.
La red de distribución agua potable en la ciudad de Tarija y los principales depósitos de la misma son de propiedad pública (Gobernación y Gobierno Municipal) y la Gobernación departamental cuenta con importantes recursos financieros, entonces tenemos las condiciones necesarias para avanzar decididamente en la solución estructural del problema de abastecimiento de agua potable en todo el ámbito del valle central.
El diseño de soluciones a problemas estructurales que por décadas sufrimos los Tarijeños que habitamos en este valle florido, necesita de la creación de nuevos instrumentos de gestión que miren el corto, mediano y largo plazo y no dejarnos adormecer por la época de lluvias que al solucionarnos el problema de agua por unos cortos meses, nos lleve después de la pascua florida a encontrarnos nuevamente con la realidad de siempre: LA FALTA DE AGUA POTABLE.
El acceso a servicios básicos de calidad por parte de la población del valle central de Tarija, es la mejor manera de utilizar las regalías departamentales y hacer que las mismas lleguen a todos los moradores.
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