Sala Constitucional falla en favor de sub gobernaciones para el reparto del suplemento alimentario de los ancianos

Tras varias horas de audiencia, la Sala Constitucional Segunda, presidida por los vocales Richard Aiza y Erick Donoso, han dado la tutela de la Acción de Cumplimiento presentada por la directiva del Consejo departamental de personas de la tercera edad, contra la Gobernación de Tarija y la Subgobernación de Tarija, porque tienen dependencia jerárquica. La determinación da la razón al subgobernador de Cercado, Johnny Torres Terzo, para que sean ellos los que realicen la entrega de la Canasta Alimentaria a los Adultos mayores mensualmente.

De manera inmediata y en el menor tiempo posible se tiene que comenzar a hacer efectiva la entrega de la Canasta Alimentaria en favor a las personas Adulto mayor.

En representación de la Gobernación estuvo presente el Secretario de Justicia, Yamil García y el asesor de Secretaria, Iván Vaca, por otro lado estuvieron presentes los abogados de la directiva del Consejo departamental de personas de la tercera edad, Rilber Solís y Franz Gutiérrez.

“El Tribunal ha concedido la tutela de la Acción de Cumplimiento y ha ordenado a la Gobernación de manera clara y precisa que cese el incumplimiento a la Ley 072 y se haga efectivo de manera inmediata la entrega de la canasta alimentaria, además que el Decreto 29 artículo 2, que ha dictado el Gobernador Adrián Oliva, es contraria a la jerarquía normativa de la Constitución Política del Estado”, ha añadido, Rilber Solís.

Asimismo, ha explicado que el Gobernador del departamento tiene la obligación de tomar todas las medidas técnicos, legales y administrativas para que de manera inmediata se comience a entregar la Canasta Alimentaria en favor a las personas de la tercera edad.

“El Tribunal ha dispuesto que la Acción de Cumplimiento se llegue a convertir en una Acción de Amparo, puesto que se considera que es la idónea para combatir los problemas que se han planteado y al convertirse corrobora que existe la vulneración de derechos fundamentales como es la dignidad humana para una alimentación digna”, ha mencionado.

La Acción de Cumplimiento ha sido planteada por las personas de la tercera edad, por acciones administrativas que ha tomado el Gobernador Adrián Oliva, no se podido cumplir con la entrega de las Canastas Alimentarias.

“Producto del Decreto Departamental Nº 29, dictado por el Gobernador ha entorpecido aún más la entrega de la Canasta de manera mensual y es por ello basado a esos aspectos, el Tribunal ha corroborado que hay vulneración a derechos fundamentales”, ha manifestado.

En audiencia se ha demostrado que producto al Decreto Departamental se ha dejado de entregar de manera definitiva la Canasta y la cual no ha sido una buena decisión administrativa por parte del Gobernador.

“La Gobernación en cumplimiento fiel que dictan los Tribunales, tendrán que ver la parte administrativa, legal y técnica, para que la Subgobernación pueda hacer las gestiones y se haga la entrega de la Canasta”, ha finalizado, Solís.

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