Proponen soluciones para corregir desigualdad entre el voto ciudadano y el rural

El problema social sobre la igualdad del voto en la elección de diputados uninominales tiene dos posibles soluciones jurídicas, de acuerdo al abogado José Carlos Sánchez, La primera a través del Órgano Legislativo y la segunda, por el Tribunal Constitucional.

Antes de analizar las dos posibles vías de solución, el abogado dijo que es indispensable desglosar el conjunto de leyes con las que se está aplicando la desigualdad del voto al elegir diputados uninominales en todo el territorio nacional.

El artículo 60 de la Ley 026 de 30 de junio de 2010, promulgada por el ex presidente Evo Morales Ayma Ley, Del Régimen Electoral, establece que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene la atribución de definir las circunscripciones electorales.

Sin embargo, la Ley 421 de 07 de octubre de 2013 promulgada por el ex presidente Morales Ley de Distribución de Escaños por Departamentos, se le quita la atribución al TSE para establecer circunscripciones electorales.
Y se ordena en su artículo 50 inciso i) que las circunscripciones uninominales serán definidas por Ley, trazándose las actuales circunscripciones uninominales en base a la Ley No 421 mencionada anteriormente, según el abogado.

La Ley 1266 de 24 de noviembre de 2019, promulgada por la Presidente Jeanine Añez Chávez, de Régimen Excepcional Y Transitorio Para la Realización De Elecciones Generales, ratificó en el Art. 15 las mismas circunscripciones demarcadas por la Ley 421.

La posible solución, según Sánchez, para tener un mapa de circunscripciones que otorgue igualdad al voto para la elección de diputados uninominales, podría ser devolverle la competencia para delimitar ese mapa al TSE. Abrogar la Ley 421 con otra Ley nacional.

Para esta solución se requeriría la aprobación inmediata de la nueva ley por la Asamblea Plurinacional y su inmediata promulgación por la Presidenta, derogar de manera tácita el artículo 15 de la Ley 1266 Régimen Excepcional Y Transitorio la elección nacional.

La otra solución, si la Asamblea Plurinacional no acepta, sería el Recurso Abstracto de Inconstitucionalidad contra la Ley 421, en el Tribunal Constitucional por ir contra los derechos de igualdad y respeto al voto universal previsto en la Constitución.

Las autoridades que pueden plantear este recurso según el Código Procesal Constitucional: son el Presidente del Estado Plurinacional, cualquier miembro de la Asamblea Plurinacional o departamental, así como la Defensora o el Defensor del Pueblo, explicó Sánchez.

Si el TC declarase Procedente dicho recurso, el TSE podría corregir el mapa de circunscripciones uninominales. Por medio de cualquiera de estas dos vías de solución, quedarían vigentes las leyes 018 de 16 de junio de 2010 y 026 de 30 de junio de 2010.

Facultarían al TSE a realizar un nuevo mapa de circunscripciones uninominales que igualen el voto de cada ciudadano del Estado.

Fernando Barral Zegarra

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