El asambleísta departamental, Bicher Ordoñez, informó que como uno de los primeros trabajos de este año, la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT), subsanó las observaciones realizadas por el gobernador a la Ley de Empresas Públicas Departamentales y mencionó, que las observaciones eran básicas, una de ellas sobre la junta de accionistas.
Ordoñez explicó, que parte de la norma no estaba adecuada al código de comercio y remarcó, que deben regirse a la norma nacional, ese aspecto fue subsanado.
En la norma, se había propuesto que para la junta de accionistas por parte de la Gobernación vaya cualquier persona, que sea elegido un profesional por méritos, pero eso podía generar que un profesional de otro departamento por méritos ingrese a la junta y las decisiones que tome deberían marcar las acciones de la Gobernación.
Se planteó, que sea una persona de la Gobernación, parte de la junta, si bien hubo oposición de que sea el gobernador, se planteó que pueda ser el secretario del área, un director o cualquier otro funcionario, esto para garantizar que se defienda el capital de los tarijeños.
Ordoñez, dijo que ese tema también fue corregido, para garantizar que los recursos en la junta de accionistas sea defendidos por alguien del Gobierno Departamental y considera que esta norma será la base para que después se pueda aprobar la ley de alianza público-privado para conformar empresas mixtas con la inversión de privados.
Ley de Régimen Electoral
Con respecto a la Ley de Régimen Departamental, Bicher Ordoñez, indicó que todavía no se ha convocado por parte de la directiva del ente legislativa para tratar el tema.
Se conoció por declaraciones de la vicepresidenta de la Asamblea Departamental, Amanda Calisaya, que el tema se agendará en los próximos días.
Ordoñez, recordó que se pidió que la ley sea adecuada al Estatuto Departamental y a la Constitución Política del Estado (CPE).
Se observaron los artículos referente a la elección por voto popular de los subgobernadores y la distribución de escaños.
La Legisladora indicó, que la bancada del MAS argumentó jurisprudencia sobre la elección de subgobernadores, señalando que en el Estatuto Autonómico del Chaco, en donde se establece la elección de los ejecutivos seccionales y explicó, que el estatuto del Chaco fue constitucionalizado con la elección de sus ejecutivos, pero el Estatuto Departamental fue constitucionalizado sin la elección de los subgobernadores. “Por lo tanto desde nuestra interpretación jurídica, no podría tomarse como jurisprudencia el estatuto del Chaco”, expresó.
La asambleísta María Lourdes Vaca, recordó que se tienen tres declaraciones constitucionales que señalan que es inviable la elección por voto de los subgobernadores y considera, que no debería si quiera estar en debate y solo se debe subsanar las observaciones.
Osmar Arroyo/El Andaluz
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