Presentaron formalmente al TCP denuncia contra la ALDT por aprobación de elección de subgobernadores

El ciudadano, Marco Cardozo Gemio, el día lunes realizó la presentación formal de una denuncia ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), la denuncia está dirigida a la sala plena del tribunal constitucional y reza sobre la desobediencia a resoluciones de control previo de constitucionalidad por parte de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, como segundo punto se requiere la remisión de antecedentes de los involucrados por al Ministerio Público.

Cardozo señaló que se está realizando una ilegalidad cuando se aprobó la Ley Electoral que incluye la elección directa de los subgobernadores “Se está pisoteando la voluntad de los Tarijeños al modificar de manera tácita e indirecta el estatuto autonómico departamental sin haber ido a un referéndum constitucional ni mucho menos un referéndum departamental donde se nos pregunte nuestra norma institucional básica”.

El ciudadano que presentó la denuncia señaló que esto se ha originado existen las declaraciones constitucionales que no permiten elecciones de subgobernadores por voto popular. El ejecutivo departamental tiene la facultad gobernativa sobre el departamento por lo tanto representa a la unidad político administrativa, si los subgobernadores son electos por voto, de forma tácita es decir no explicita esta otorgando facultades de gobierno y contradice a la CPE.

“El señor Fortunato Flores Llanos Janco el 2013 le remitió el estatuto departamental al TCP es ahí donde hacen las declaraciones que dicen que es inviable elegir subgobernadores y se si eligiera vía estatuto se estaría otorgando tácitamente una cualidad gobernativa, lo cual va abiertamente en contra de la CPE, porque además como indique el Gobernador es representante de esta jurisdicción y tiene la capacidad de nombrar subgobernadores” afirmó Cardozo.

Esto es un delito tipificado dentro de la ley 254 del código procesal constitucional. La tipificación de delito explicó Cardozo lleva por nombre Desobediencia en acciones de defensa e inconstitucionalidad. Dicta que el servidor o servidora pública o persona particular que no cumpla las resoluciones emitidas en acciones de defensa por inconstitucionalidad serán sancionados con reclusión de 2 a 6 años con multa de 100 a 300 días.

Al incumplir lo que dicta la ley incurren en este delito, además que existe incumplimiento de deberes, apología del delito y asociación delictuosa, a criterio de Cardozo cuando una persona sabiendo que está cometiendo un ilícito o sabiendo que lo va cometer sale de manera pública y justifica “en razón de los principio dice le metamos nomas” es apología del delito, la asociación delictuosa explicó que se da cuando cuatro personas o más se reúnen para realizar un acto especifico en contra de la CPE.

Dentro de la denuncia presentada se solicita al  TCP que al ser la autoridad competente puede adoptar las medias que son necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones, podrá requerir intervención de la fuerza pública o remisión de antecedentes ante la autoridad administrativa a fin de que se cumpla la sanción disciplinaria, aparte fice que pueden poner multas a la autoridad o persona sin perjuicio de responsabilidades civiles y penales que ocurrieran en el hecho.

Se pida que se admita y tenga como procedente el recurso de queja y denuncia Desobediencia en acciones de defensa e inconstitucionalidad, asimismo basada en la normativa remita los antecedentes al Ministerio Público y obre conforme a derecho.

Antecedentes

A principios de mes la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) consumó el desafío al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y aprobó una Ley Electoral que incluye la elección directa de los subgobernadores, una figura que había sido expresamente vetada por el máximo órgano de Justicia del país en el periodo de adecuación del texto estatutario a la Constitución. Además, obvió algunos aspectos elementales, como delegar en el Órgano Electoral Plurinacional la delimitación de circunscripciones de acuerdo a los parámetros de Ley, e incluso negó la actualización de los datos poblacionales al censo de 2012, lo que restaría un curul a Arce y se lo sumaría a Cercado.

La Ley aprobada con los votos del MAS, la oposición de la bancada de Camino al Cambio y la ausencia de buen número de la bancada de UDA, inicia ahora la tramitación ordinaria, pasando al despacho del Gobernador Adrián Oliva, que difícilmente podrá promulgarla, puesto que se percibe un posible delito tipificado de “resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes”, como advirtió el asambleísta Mauricio Lea Plaza.

Sesión POA 2020

La Asamblea Departamental en horas de la tarde (17:00) tratará en sesión del pleno el Plan Operativo Anual 2020 (POA), ya que existen varias observaciones, entre alguna de ellas, la no inscripción de recursos para algunos proyectos de continuidad.

Amanda Calisaya, vicepresidenta de la Asamblea Departamental, señaló que con respecto a las observaciones del el Plan Operativo Anual, no existen los recursos para pagar la deuda al Seguro Universal de Salud Autónomo de Tarija (Susat), además de otras deudas que existen y no se encuentran dentro de este plan.

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