El pasado 28 de febrero presentaron la “imputación formal” contra el ex médico forense Walter Jorge Daza, mediante la cual también se solicita las medidas cautelares en su contra, así señala un documento que llegó al Nuevo Sur.
Daza estuvo como médico forense en la época cuando Gilbert Muñoz estaba como Fiscal Departamental, y el año 2017 Muñoz indicó a Nuevo Sur que no era él, quien contrataba ni definía el futuro del ex médico forense, ya que supuestamente Daza dependía del Instituto de Investigaciones Forenses IDIF.
Posteriormente ese año, Nuevo Sur tuvo acceso a documentación de Greco Corp, donde ésta consultoría negaba que Daza haya concluido la especialidad como médico forense.
Pero antes de concluir el año 2017, Muñoz señaló a los medios de prensa, que a él le llegó una carta de la Greco Corp, donde contradictoriamente señalaba que Daza concluyó sí concluyó satisfactoriamente la especialidad como médico forense.
Bajo este argumento, Muñoz rechazó la denuncia contra Daza mediante resolución jerárquica, el 28 de diciembre de 2017.
Afectados
Son varias familias que se sienten afectadas por los “falsos” informes forenses de Daza, por lo que recurrieron a un amparo constitucional, y es así que lograron revocar esa resolución de rechazo.
Los que se sienten afectados por los informes de Daza son siete personas entre naturales y jurídicas, incluyendo a Greco Corp, y todas las personas naturales actualmente cumplen penas en el penal de Morros Blancos.
Imputación
En el documento de imputación formal, señala que se cuenta con nuevos elementos de prueba, por ejemplo, que la senadora Mirtha Arce en fecha18 de septiembre de 2018 solicitó a la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Madrid España.
La respuesta llegó el 24 de octubre de 2018 donde señala que Walter Jorge Daza Ala, no figura como alumno de formación permanente, ni tampoco existe ni ha existido el curso de Especialidad en Auditoría Médica, dentro de la oferta de esa universidad.
La imputación señala que es por “Falsificación de Documento Privado” y por “Uso de Instrumento Falsificado”.
Falsificación de Documento Privado
El Código de Procedimiento Penal CPP, en su artículo 200 señala “El que falsificare material o ideológicamente un documento privado, incurrirá en privación de libertad de seis meses a dos años, siempre que su uso pueda generar algún perjuicio”.
Uso de Instrumento falsificado
El artículo 203 del CPP indica que “El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o adulterado, será sancionado como si fuere autor de la falsedad”.
Peligro de fuga
En este documento señalan el peligro de fuga ya que el imputado nunca demostró un domicilio o residencia habitual, y además al no tener motivos que lo retengan en el país, se puede dar a la fuga, es por ello que piden la detención preventiva de él, mientras se realiza las investigaciones.
Mario Enrique Espinoza
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