David Galdo, señaló que en una asamblea debe elegirse a los nuevos interventores de la cooperativa y que debe salir de los socios. Mencionó que la intervención de la Afcoop no tuvo resultados.
David Galdo, socio de la Cooperativa de Servicios de Telecomunicaciones de Tarija (Cosett), planteó que en una asamblea de socios se elija y se nombre a los nuevos interventores de la cooperativa.
Señaló que en la pasada semana, la Autoridad de Fiscalización y Regulación de Cooperativas (Afcoop), a través de una resolución, decidió concluir con la intervención que realizó a Cosett.
Galdo, dijo que al parecer el interventor de la cooperativa, José Peralta, pretendía prorrogarse en el cargo.
Tras la conclusión de la intervención, se dejó a cargo de Cosett a los tres funcionarios administrativos de mayor jerarquía.
Expresó, que durante seis meses de intervención por parte de la Afcoop no se tuvo ningún resultado y que al momento no se habría presentado ningún informe al respecto de las acciones que se asumieron al interior de la cooperativa por parte del interventor.
Señaló que tras la resolución de la Afcoop, deberá la Confederación de Cooperativas de Bolivia (Concobol), hacerse cargo, pero tampoco se pronunciaron todavía.
David Galdo dijo que los funcionarios que estan a cargo de la cooperativa no tienen las atribuciones para convocar a una asamblea de socios, por lo que pretenden organizarse entre ellos para autoconvocarse y buscar una solución al tema.
Para Galdo, esta decisión deja muy mal parada a Cosett, porque no se consolido las elecciones para consejeros de administración y de vigilancia.
Elecciones
Con respecto a la elección de autoridades en la cooperativa, Galdo dijo que dos miembros de los tres que conforman la Junta Electoral habrían renunciado a su cargo, situación por la que se deja en incertidumbre la realización del proceso electoral.
Mencionó que varios socios de la cooperativa decidieron organizarse para consolidar la instalación de una asamblea y convocar a autoridades del órgano electoral y a un notario de fe pública, para viabilizar la realización del proceso electoral, para elegir a consejeros dentro de la cooperativa. En la misma asamblea, plantea que se elija a los socios que serán nombrados como interventores de la cooperativa.
Legalidad
Galdo dijo que el artículo 51 de la Ley General de Cooperativas, establece que los socios pueden auto convocarse.
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